El Reglamento (UE) 2025/40, conocido como PPWR, se aplica en toda la Unión desde el 12 de agosto de 2026. Sustituye a la directiva de 1994 y no necesita transposición nacional. Pasados dos meses, las empresas empiezan a medir su alcance real.
Obligaciones que ya corren
Desde agosto, los fabricantes deben evaluar la conformidad de sus envases, preparar la documentación técnica y emitir una declaración UE de conformidad. Se mantiene además la responsabilidad ampliada del productor: las empresas siguen organizando y financiando la gestión de sus residuos mediante un sistema colectivo y deben acreditar los nuevos requisitos. Como ya explicamos al entrar en vigor la norma, el reglamento prohíbe ciertas sustancias, limita el diseño engañoso y amplía la definición de envase.
El horizonte de 2030
El grueso de las exigencias de reciclabilidad y de contenido reciclado llega en 2030: todos los envases comercializados deberán cumplir los requisitos de reciclabilidad, y ciertos envases de plástico tendrán que incorporar plástico reciclado. Falta además por completar buena parte del desarrollo técnico, que la Comisión prevé cerrar hacia finales de 2026. La normativa española no queda derogada, pero si hay diferencias prevalece el marco europeo.
Dónde están las dificultades
Según el análisis de Diari de Tarragona, los obstáculos más citados son determinar qué obligaciones corresponden a cada empresa según su papel en la cadena, el poco tiempo para adaptarse y la mayor carga administrativa en documentación, trazabilidad y control de proveedores.
Lo que significa para las plantas
Un envase mejor diseñado llega a la planta más fácil de separar. Los problemas que hoy frenan la selección, como los impropios en el contenedor amarillo o los materiales difíciles de clasificar, dependen en parte de decisiones que se toman antes, en el diseño. Por eso el feedback técnico de las plantas es valioso para quienes deben cumplir la norma.
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